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Votamos24: Cuestionan PAN y PRI que Eduardo Maldonado, Presidente Municipal de San Felipe, no se haya separado del cargo

Eduardo Maldonado García recibió la aprobación del Consejo General del IEEG para ser candidato a diputado local de la coalición de Morena-PVEM-PT.

Escrito en Guanajuato el
Votamos24: Cuestionan PAN y PRI que Eduardo Maldonado, Presidente Municipal de San Felipe, no se haya separado del cargo
Sesión del Consejo General del IEEG.. Catalina Reyes Colín.

Guanajuato.- Eduardo Maldonado García, Presidente Municipal de San Felipe, recibió la aprobación del Consejo General del IEEG para ser candidato a diputado local de la coalición de Morena-PVEM-PT, después de una larga discusión por no haber presentado una constancia de haberse separado del cargo 90 días antes de la elección.

Él es postulado por el distrito I, que abarca Dolores Hidalgo, San Felipe y Ocampo. Es militante del PVEM y alcalde por segunda ocasión. Aunque las consejeras Sandra Prieto y Concepción Aboytes no aprobaron esta decisión.

Mijail Nava, representante del PRI, señaló que no se cumple el artículo 46 de la Constitución del Estado, sobre su separación del cargo. Indira Rodríguez, secretaria ejecutiva del Consejo General, respondió que no hay ningún documento que haya presentado para separarse del cargo.

Entonces el representante del PRI dijo que quería dejar constancia de que Eduardo Maldonado no cumplía con el requisito del artículo 46 de la Constitución del Estado.

La consejera Nora García comentó que apenas en este momento se estaba hablando de los registros. Brenda Canchola coincidió en que se trata de un requisito de elegibilidad y en caso de que gane, se tendría que ver su legalidad. Por lo que solo se dejaría constancia en el acta.

Emmanuel Jaime pidió al consejo tomar como no aprobada la fórmula, porque no se están cumpliendo requisitos, porque no existe la constancia de que se haya separado del cargo por lo menos 90 días antes de la elección.

Por lo que no cumple con los requisitos para ser diputado, por lo tanto no cumple con los requisitos para ser candidato”, señaló.

Así que sugirió que se le requiera este documento. Lo que tiene que existir es la constancia del acta de la sesión de Ayuntamiento de que se separó del cargo 90 días antes de la elección, porque el requisito que no cumplió es un elemento de elegibilidad.

“Sería una posibilidad de hecho de a ver si gana o no gana para ver si puede ser diputado”, advirtió.

Vanessa Sánchez Cordero, representante del PVEM, se pronunció por que se le haga un requerimiento. Porque si no se le pide y se le registra, entonces tendría que realizarse una elección extraordinaria.

Que se valorara, porque esperarnos a que resulte inelegible y esperarnos a ver si gana o no gana, nos dejaría no solo al candidato, sino a todos los partidos en estado de inelegibilidad”.

Miguel Ángel Armenta, representante de Morena, dijo que no hay la posibilidad de realizar una elección extraordinaria, porque si ganara y no fuera elegible, quedaría entonces el suplente.

“El que sea inelegible no es un asunto de fondo. Si no puede acreditarlo, no es elegible. Si no puede acreditarlo, es inelegible. (...) Creo que vulneraríamos su derecho si hiciéramos esa requisición”.

Beatriz Tovar Guerrero consideró que hay dos momentos. En este momento nos encontramos en el supuesto de registros. Citó la Constitución que dice que será diputado al Congreso hasta el momento en que se le toma protesta. “No se es diputado cuando se registra, no es diputado cuando es candidato, no es diputado cuando gana la elección, no es diputado cuando se le entrega la constancia de mayoría”, destacó. Y ahorita apenas sería candidato.

“Nos encontramos en dos momentos distintos. Ahorita le estaríamos violando sus derechos políticos. Pediría que se considere la situación política de la persona”, señaló.

Mijaíl Nava insistió en que Eduardo Maldonado no está cumpliendo con los requisitos de elegibilidad. “Le estamos dejando que haga campaña. Es claro que este consejo le está dando un derecho que es claro que no ha ganado”, expresó.

Habría un vicio jurídico: Sandra Prieto

El consejero Antonio Ortiz Hernández citó el artículo 46 de la Constitución del Estado que no pueden ser candidatos al Congreso del Estado. “Es muy claro que si no puede ser diputado, no puede ser candidato. Si ganara la elección no se le podría dar la constancia de mayoría si no cumple con los requisitos”, manifestó.

Por lo que consideró que se debería de otorgar el registro como candidato y posteriormente se valore su elegibilidad.

La consejera Sandra Prieto de León dijo que hasta ese momento desconocía que el Presidente Municipal no se hubiera separado del cargo. Desde su punto de vista, este requisito se tendría que revisar cuando se les entregara la constancia de mayoría.

De tal manera que para no generar una expectativa de derecho, ella no acompañaría el acuerdo, para no convalidar un acto que ya tiene un vicio porque no cumple con el documento mencionado.

La consejera Brenda Canchola Elizarraraz, presidenta del IEEG, citó que la elegibilidad de la separación del cargo es hasta la conclusión del proceso electoral.

“Pero yo no estaría por privar el derecho a una persona porque no tenemos una constancia. Tenemos que privilegiar el derecho a ser votado. No estaríamos por cancelar el registro de una persona”, afirmó.

Difirió que no se tendría que ir a una elección extraordinaria en caso de que si gana la elección y no tiene esa constancia mencionada, porque hay un suplente y él podría asumir el cargo. No queda acéfalo el cargo, aclaró.

“Por lo que cancelar la fórmula, desde mi punto de vista no sería jurídicamente válido”, sostuvo.

Emmanuel Jaime leyó la Ley Electoral en la que establece que el Instituto Electoral debe revisar los requisitos de elegibilidad, y si algún candidato no es elegible, el presidente debe solicitar que dentro de las 48 horas deben subsanarse.

Afirma que hoy Eduardo Maldonado es alcalde, porque el 12 de abril solicitó al Cabildo separarse del cargo, pero no hay un elemento que demuestre que ya se le aprobó. Y el 13 de abril, a las 10:45 horas, le avisó al Ayuntamiento que como no le dieron licencia, se va a ausentar 15 días.

“Son hechos públicos y notorios. Aquí hay dolo. Son temas de hecho y no de derecho”, sostuvo.

La consejera Beatriz Tovar señaló que los requisitos de elegibilidad para los diputados se encuentra en el artículo 11 de la Ley Electoral y dentro de estos no se encuentra la separación del cargo.

Aprueban todos registros de candidatos 

Por otro lado, el Consejo General del IEEG aprobó los registros de los candidatos a diputados locales de mayoría relativa, es decir, los que son votados directamente por la ciudadanía, de todos los partidos y coaliciones en el Estado.

Los registrados son: 16 candidatos del PAN; 16 del PRI; 15 del PRD y le negaron uno del distrito IX porque no cumplió con todos los requisitos; 6 de la coalición PAN-PRI-PRD; 11 del PT;  11 del PVEM; 11 de Morena; 11 de la coalición Morena-PVEM-PT; y 22 de Movimiento Ciudadano.

AM

 

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Reportera con 27 años de experiencia en medios impresos. Su especialidad es la cobertura de temas políticos, que abarcan: Congresos locales, partidos políticos y órganos electorales. Buscar exclusivas es su método de trabajo número uno. Le interesa y le gusta especialmente extraer notas de documentos, considera que es más valioso, relevante, contundente e irrefutable que las declaraciones de los funcionarios o políticos. También, cuando es necesario o se presenta la ocasión, le gusta indagar temas del Poder Judicial o cualquiera que implique historias humanas.

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